Cuba retrasa aprobación de la Ley de Comunicación Social

El Consejo de Estado pidió retrasar su aprobación por la "complejidad" de la ley y los cambios a los que ha sido sometida últimamente.

Foto: Kaloian.

El Parlamento cubano acordó este lunes retrasar el debate y la aprobación de la Ley de Comunicación Social, cuyo anteproyecto en su versión 32 se había presentado en julio pasado después de varios años de redacción.

El presidente de la ANPP, Esteban Lazo, explicó que el Consejo de Estado pidió retrasar su aprobación por la “complejidad“ de la ley y los cambios a los que ha sido sometida últimamente, que no habían sido trasladados en su totalidad a los parlamentarios.

Lazo aseguró que esta “importante“ normativa —que sería la primera del país en su ámbito— podría debatirse en febrero o marzo de 2023, una vez que se incluya una mayor cantidad de opiniones de especialistas y ciudadanos.

El anteproyecto que ya no será aprobado este año reconoce la comunicación social como elemento indispensable para el desarrollo económico y social del país y prevé que exista una entidad rectora estatal, que sí fue constituida el pasado año: el Instituto de Información y Comunicación Social.

Al presentarse el IICS los funcionarios dijeron que “tiene la misión de conducir y controlar la Política de la Comunicación Social del Estado y el Gobierno cubano; proponer su perfeccionamiento, así como contribuir a fomentar la cultura del diálogo y el consenso en la sociedad cubana“.

¿Qué se sabe del nuevo Instituto de Información y Comunicación Social de Cuba?

El anteproyecto de Ley de Comunicación define la categoría de “medios fundamentales de comunicación social“ como “instituciones mediáticas de carácter estratégico en la construcción del consenso y en la gestión participativa del desarrollo económico, social y cultural de la nación“.

Reafirma que esos “medios fundamentales“ solo serán “de propiedad socialista de todo el pueblo o de las organizaciones políticas, sociales y de masas y no pueden ser objeto de otro tipo de propiedad, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República de Cuba“.

A la vez, de forma muy difusa, reconoce que existen otros medios con perfil editorial determinado, que según se puede entender, no son “fundamentales“.

“Estos medios pertenecen a instituciones y entidades del Estado, órganos locales del Poder Popular, organizaciones políticas, sociales y de masas, formas asociativas y otros actores económicos y sociales legalmente reconocidos, los cuales tienen la obligación de inscribirlos en el Registro Nacional de Publicaciones Seriadas.“

El anteproyecto de Ley de Comunicación Social ciertamente deja lugar a dudas acerca de esta categorización. Aparentemente condena a la ilegalidad a medios que surjan o existan ya, independientemente, por fuera o en oposición, de la institucionalidad y el asociativismo político y social que impera hoy en el país, muy regulado y bajo la impronta del Partido Comunista de Cuba.

La norma prohíbe contenidos “para hacer propaganda a favor de la guerra, de un Estado extranjero hostil a los intereses de la nación, el terrorismo, la violencia y la apología del odio entre los cubanos“, y también aquellos que tengan como objetivo “desestabilizar el Estado socialista de derecho“.

También apunta que el sistema de comunicación social del país tiene el propósito de “fomentar el consenso y la unidad nacional en torno a la Patria, la Revolución y el Partido Comunista de Cuba“.

El primero de diciembre entró en vigor el nuevo Código Penal de Cuba, en el que se sanciona con hasta tres años de cárcel a “quien difunda noticias falsas“ con el propósito de “perturbar la paz internacional o de poner en peligro el prestigio o el crédito del Estado cubano“.

El programa de trabajo de la ANPP tenía previsto en este período de sesiones la discusión de seis leyes, esta entre ellas, dentro del plan de adaptación de la legislación nacional a las novedades introducidas por la Constitución de 2019.

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EFE/OnCuba

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