Al parecer, el gobierno cubano ultima los detalles de la futura Ley de Empresas, ley que debió aprobarse hace ya algunos años y que fue pospuesta nuevamente en 2022. Al fin, todo indica que el nuevo Parlamento que se constituirá este año lo tendrá en su agenda para la última sesión, en diciembre del 2023.
Dentro de lo que se ha llamado “Actualización del Modelo Económico”, una Ley de Empresas es algo muy importante si el objetivo es avanzar. Si no se le da solución a las incongruencias del tejido empresarial cubano, no se puede aspirar a salir del punto tan bajo en que se encuentra la economía cubana.
Pocos conocen los detalles de la normativa final, pero las autoridades del país comentaron que se había encuestado a más de 600 empresas estatales lo que les permitió a ellos discutir sobre el alcance, objetivos y principios de la futura ley.
Pero hay que recordar que la nueva Ley de Empresas no es para las empresas estatales, sino para todas las formas de propiedad existentes y en todas las escalas.
Alejandro Gil Fernández, ministro de Economía y Planificación, comentaba hace pocas semanas que para esa ley se estaban valorando los movimientos organizativos y de descentralización, la tipología, la integración, el patrimonio, las formas de asociarse o expandirse, el régimen económico, la autonomía, las relaciones financieras con el Estado, la participación de los trabajadores, los órganos de dirección, la responsabilidad social y el control y la auditoría interna, entre otros aspectos.
Afirmó Gil Fernández también que “esta ley ayudará a poner en su lugar muchas cosas asociadas a sus misiones, gobernanza, Juntas de gobierno, Osde (Organización Superior de Dirección Empresarial), asignación de recursos, facultades para promover la inserción internacional y creación de negocios con inversión extranjera”.
La nueva normativa tiene que superar la disyuntiva entre lo estatal y no estatal, y reconocer los elementos de autonomía empresarial, seguridad jurídica y propiedad que exigen todas las empresas para poder cumplir sus fines.
Pero, ¿cuál es la estructura de las entidades cubanas al cierre de diciembre del 2022?
El gráfico ilustra que no son las empresas estatales las protagonistas del tejido empresarial cubano en cuanto a número, aunque ciertamente suman el mayor número de activos, de empleos, de valor de producción, en actividades estratégicas, entre otros indicadores.
Hay que tener en cuenta que la Constitución cubana plantea en su artículo 27 que la empresa estatal “es el sujeto principal de la economía nacional”, y aunque se reconoce su autonomía en administración y gestión, sigue siendo altamente dependiente de las decisiones y regulaciones que establece la dirección del país. Y ese es un problema que lastra a la empresa estatal.
El modelo económico socialista que impera en Cuba no ha podido garantizar el bienestar económico, ya que se ha intentado hacerlo avanzar desde un nivel muy bajo de su desarrollo productivo y construirlo, durante un largo período, a partir de la preeminencia de empresas estatales cargadas de ineficiencia.
No existen documentos teóricos o programáticos que expliquen cuántas empresas estatales deberían existir en Cuba, en qué ramas deben estar las mismas, y si no es mejor hablar de empresas públicas. Nunca se ha precisado que para que una empresa sea socialista tiene que ser estatal. Pero esa idea está fija de algunos decisores. Fue lo que condujo a la conocida Ofensiva Revolucionaria de 1968, con las nacionalizaciones de todas las empresas existentes en el país.
Se sabe que una empresa de propiedad estatal sólo podría ser competitiva si tiene autonomía. Es decir, si ella toma sus propias decisiones y goza de una verdadera gerencia empresarial para la administración de recursos.
Tampoco nunca ha quedado definido el concepto de “medios de producción fundamentales”. Pienso que los decisores consideran que la fortaleza de la economía socialista cubana estaría garantizada por la cantidad de las empresas que están bajo el sistema estatal, y eso es un craso error.
Hay que tener muy presente el concepto de empresa socialista y cuál es su clasificación estadística y en qué ramas están; si en la producción de acero, o administrando un kiosko.
La tan añorada Ley de Empresas tendrá que definir cuáles son los incentivos prevalecientes para las empresas cubanas en su totalidad.
En el conglomerado empresarial cubano hay un gran número de empresas con pérdidas y una ineficiencia más que probada. Por ende, es necesario que en esa ley se refleje la quiebra de las empresas con pérdidas consecutivas. que afectan el desarrollo económico.
No se debe temer al cierre de esas empresas en pérdidas y, en algún caso, darla a los trabajadores en forma de acciones, para que ellos intenten reflotarla, ya que serían beneficiados de las utilidades que ellos mismos sean capaces de lograr. No se debe menospreciar la inventiva de algunos colectivos cubanos.
Es necesario que esa Ley de Empresa clarifique y reanalice la estructura empresarial de Organización Superior de Dirección Empresarial (OSDE) y las Unidades Empresariales de Base (UEB) ya que estas últimas no tienen personalidad jurídica, lo cual les impide contar con una cuenta bancaria —con todas las restricciones que ello implica. En esa situación se encuentran los pocos centrales azucareros cubanos que existen todavía.
La subordinación de las empresas a las OSDE no ha sido un buen invento, mucho menos para los que más producen y sí un beneficio para las que menos. Hay empresas que distribuyen poca utilidad, o cero, y las que pueden no lo hacen, por no tener liquidez. Sin embargo, las direcciones de las OSDE distribuyen a veces más utilidades entre ellas.
Las OSDE existen precisamente para mantener el control burocrático centralizado a nivel de país y para maniatar a las empresas de base. Los distintos planes que se le imponen a las empresas de base las amarran en su desempeño y son generalmente mal concebidos, ya que un deporte nacional es nunca cumplir los planes existentes, y en eso se destacan los planes inversionistas empresariales.
El entorno de la actividad empresarial en Cuba es la misma que caracteriza a todo el país, entre ellas la burocracia, inseguridad jurídica, orientaciones superiores, entre otras.
La economía cubana necesita definir ya el nuevo marco jurídico, político, económico y social para las empresas. Esa Ley tiene que eliminar las barreras regulatorias. Y debe permitir superar la preocupación por el crecimiento de las empresas privadas o cooperativas. Es decir, romper el atavismo que impide la acumulación de las empresas.
La Ley debería establecer las diferencias entre las distintas empresas, con sus formas de organización jurídica, su tamaño, su clasificación sectorial, territorial, y objetivo de beneficio.
Es inconcebible, en un país tan pequeño como Cuba, con fuertes rivales internacionales y un bloqueo asfixiante contra el país, nos demos el lujo de seguir aplazando y cuestionando temas vitales. Sobran experiencias internacionales de países que han comenzado su desarrollo en menos tiempo que el cubano y cada año ascienden un peldaño, mientras Cuba sigue retrocediendo.
Durante un tiempo China intentaba proteger a su empresa estatal, pero a la vez le daba amplias facilidades al sector privado: jugaba a la competencia, y a la vez tenía sectores estratégicos que controlaba, como por ejemplo, la banca. Pero hoy China es la segunda economía del mundo y la empresa estatal es minoría. Entonces por qué perder tiempo intentando descubrir lo que otros ya hicieron, y con resultados concretos.
El ejemplo de no es el más feliz y no se analiza en su entera magnitud y la ley de empresas, bueno ojalá no le pase como a la ley de pesca etc.
Es una pena .que no v a pasar nada mucho directivo parásito que vive de este desquebraje. Y nunca va a cambiar esto .dentro de 5 años estarás igual o peor y no van a cambiar nada
mientras que allá economistas mintiendo en la tv .descaradamente poniendo la culpa al bloqueo siempre estaremos así.
El país está en una miseria total
Ni dinero .ni valores en las personas, esto es como vivir en medio de una guerra
De acuerdo con Everleny en que “No se debe temer al cierre de esas empresas en pérdidas y, en algún caso, darla a los trabajadores en forma de acciones, ….”
Pero, con tres salvedades:
1) la transferencia a trabajadores debe ser en TODOS los casos que no sean actividades estratégicas y los trabajadores estén interesados en organizarse como cooperativa y recuperar la empresa.
O sea, Los trabajadores que ya están en la empresa y decidan quedarse, deben tener prioridad
2) la transferencia NO DEBE SER EN FORMA DE ACCIONES INDIVIDUALES A LOS TRABAJADORES, SINO EN FORMA COLECTIVA A LA COOPERATIVA, de lo contrario estamos repitiendo el grave error de la URSS
3) la transferencia, como con coops no agrops, puede ser también en la forma de renta o usufructo, dependiendo del interés del estado de conservar la propiedad legal; pero siempre con garantías para los nuevos gestores
Experiencias en transferencias exitosas de empresas públicas a trabajadores organizados en cooperativas hay en Italia con muchísimo éxito e impacto social positivo.