El Ministerio del Transporte de Cuba publicó en la Gaceta Oficial la Resolución 19/2014, que dispone lo establecido como Reglamento para regular las actividades de uso, aprovechamiento, explotación, operación, administración y prestación de los servicios marítimos portuarios en el puerto de Mariel, a través de la Administración Portuaria, entidad que ejercerá la máxima autoridad en cuanto a actividades, operaciones, extracción, construcción, mantenimiento y preservación del medio ambiente en el puerto.
La Resolución dispone que el puerto laborará en la prestación de los servicios marítimos portuarios durante las 24 horas del día todos los días del año –excepto en casos de fuerza mayor o situación excepcional– .
El documento recoge, asimismo, las obligaciones y derechos para la prestación de los servicios marítimos portuarios, la notificación del arribo, despacho, atraque y estadía de los medios navales, el servicio de practicaje, los servicios generales, las maniobras en puerto, las operaciones de almacenaje, los planes de seguridad de las instalaciones portuarias, el control de acceso y salida de personas y vehículos al recinto portuario, el control de las mercancías o bultos que ingresen o salgan de este, y otros aspectos para la organización y el control.
Un acápite aborda la Preservación del medio ambiente, estableciendo que la Administración Portuaria exigirá el cumplimiento de las regulaciones ambientales pertinentes y ejercerá el control sobre las acciones encaminadas a la preservación del medio ambiente, según lo establecido en el Decreto Ley, así como en los Convenios internacionales de los que Cuba es Parte.
La aplicación de este Reglamento se apoya en la estructura de línea poligonal imaginaria del puerto del Mariel, a partir de las áreas siguientes: Punta Barlovento – Punta Torreón – Muelle de Guardafronteras – Atraque No. 1 de Combustible – Atraque No. 2 SSPM – Instalaciones de la Termoeléctrica – Muelle de La Fábrica de Cementos – Atraque La Arenera MICONS – Cayo Lenin – Prácticos Occidente – UBSM NAVECARIBE – Astillero ASTIMAR – Terminal Osvaldo Padrón SSPM – Zona de Actividades del Transporte – Zona de Actividades Logísticas – Terminal de Contenedores del Mariel – Zona de Actividades del Petróleo – Punta Cayuelos
La Gaceta Oficial publica, además, la Resolución 49/2014 del MITRANS, que establece el Reglamento de Operación y Orden Interno de la Teminal de Contenedores del Mariel S.A, cuya apertura oficial realizaron en enero pasado Dilma Rousseff y Raúl Castro, presidentes de Brasil y Cuba, respectivamente.
Se trata de la más moderna terminal de contenedores de Latinoamérica, empresa integrada a la compañía cubana Almacenes Universales S.A. y cuya administración y comercialización está a cargo de Global Ports Management Limited (PSA), grupo líder en el sector portuario con casa matriz en Singapur.
La nueva terminal de contenedores cuenta, en su primera fase, con un muelle lineal de 702 metros equipado con 4 grúas super postpanamax. La infraestructura creada, de primer nivel, permitirá operar una capacidad inicial de 822 000 TEU (unidad de medida que equivale a un contenedor de 20 pies) al año. Además, el 99.9% de los trabajadores de la Terminal son cubanos, altamente calificados, que han sido preparados por PSA en Argentina, Cuba y Asia. Su desarrollo, de acuerdo con el economista Omar Everleny, “involucra lo que probablemente sea hoy unos de los mayores proyectos inversionistas de Cuba y, sin duda, se enmarca en un contexto más amplio de reconfiguración internacional, pero debería quedar claro que ello sería apenas la punta del iceberg”.
Foto: EFE