Los países de la Unión Europea (UE) alcanzaron este miércoles una posición común para iniciar las negociaciones con el Parlamento Europeo sobre el certificado de vacunación, con el fin de que esté operativo este verano.
Ese certificado no será un pasaporte que garantice la total movilidad, según el documento aprobado al que ha tenido acceso la agencia española EFE, y reserva a los Estados miembros la posibilidad de aplicar restricciones.
“Doy la bienvenida a este primer paso”, dijo en un comunicado el primer ministro portugués, Antònio Costa, tras el pacto alcanzado por los Veintisiete. Costa, cuyo país ostenta la presidencia de turno de la UE, consideró que facilitará el “movimiento libre y seguro”, algo “de suma importancia para nuestros ciudadanos, para nuestras sociedades y para la recuperación de nuestras economías”.
Pero este certificado europeo de vacunación que preparan aceleradamente las instituciones comunitarias, para que esté operativo para junio, no será un pasaporte sanitario que permita automáticamente que los ciudadanos recuperen la libertad de movimientos en la UE, como apuntaba la propuesta original de la Comisión, cuya presidenta, Ursula Von der Leyen, también celebró este “importante paso adelante”.
“El certificado será aceptado en toda la UE y estará disponible para todos. Por ahora debemos mantener la cautela, pero es hora de prepararse” para que “los europeos puedan viajar con seguridad este verano”, dijo la alemana.
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En declaraciones a Efe, el socialista español Juan Fernando López Aguilar, que en calidad de presidente de la Comisión de Libertades Civiles estará al frente de los eurodiputados que negociarán con los países para poner en marcha este certificado, advirtió que es “una herramienta, no una panacea”.
Y subrayó que la Eurocámara velará para que se respeten los derechos de “igualdad y no discriminación”. Por tanto, pedirán que los datos de los certificados los almacene el país de origen, y no el de destino, que el documento solo sirva para viajes y que tenga fecha de caducidad hasta que la OMS dé por acabada la pandemia.
“Para enfatizar el principio de no discriminación, en particular hacia las personas no vacunadas, la parte operativa del reglamento principal establece explícitamente que la posesión de un ‘Certificado Verde Digital’ no es una condición previa para ejercer los derechos de libre circulación”, puede leerse en el texto aprobado por los Estados miembros.
Esa regulación aprobada por el Consejo, —idea que lanzó Grecia a inicios de año de cara a reactivar el mercado turístico en verano, se basa en la propuesta de la Comisión Europea y está pendiente ahora de negociación con la Eurocámara—, entraría en vigor seis semanas después de ser adoptada, es decir, en junio.
El certificado, según el texto provisional, será gratuito, en formato electrónico o en papel, estará disponible en inglés y en la lengua oficial del país que lo emita y tendrá un período de aplicación de 12 meses.
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El documento contendría información sobre si su portador ha recibido la vacuna contra el coronavirus, ha generado anticuerpos tras pasar la enfermedad o tiene una PCR reciente negativa, al ser este último uno de los criterios que muchos países han requerido a los viajeros en los últimos meses.
Con mención expresa a Irlanda, a tenor de la frontera virtual con Irlanda del Norte y la inestabilidad que se está registrando en esa región desde el Brexit, el texto prevé que los Estados miembros puedan “aceptar mutuamente certificados expedidos a nacionales de terceros países sobre la base de la reciprocidad”.
También precisa que debe tenerse en cuenta la situación particular de los trabajadores transfronterizos y de los nacionales de terceros países que se encuentran o residen legalmente en el territorio de un Estado miembro.
El certificado también se introducirá en Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, y estará abierto a iniciativas que se desarrollen a nivel mundial.
Más allá de las disposiciones técnicas, la propuesta deja claro que “no es un documento de viaje, para enfatizar el principio de no discriminación, en particular hacia las personas no vacunadas”. Recuerda, además, que los Estados miembros pueden restringir por motivos sanitarios la movilidad de los ciudadanos, una de las cuatro libertades fundamentales de la UE, pero subraya que “cualquier medida que se adopte no debe extenderse más allá de lo estrictamente necesario para salvaguardar la salud pública”.