El anteproyecto que servirá de base para la aprobación de una nueva Constitución cubana reafirma el carácter socialista del sistema político, económico y social en el país y el “papel rector” del Partido Comunista de Cuba “como fuerza dirigente superior de la sociedad y el Estado”. Así lo anuncia un resumen del documento publicado en Granma en el que se afirma que el proyecto consta de un Preámbulo y 224 artículos, divididos en 11 títulos, 24 capítulos y 16 secciones.
Entre los anuncios más significativos está el de la creación de la figura del Presidente, que aunque se mantendrá siendo elegido por la Asamblea Nacional y no por voto directo, significa una gran novedad en Cuba. Se propone topar en 5 años su mandato y en solo dos los mandatos consecutivos, sin que pueda ser reelegido al mismo cargo nunca más. Primera vez en décadas el jefe de Estado cubano tendrá un tiempo delimitado para gobernar.
Una Comisión dirigida por Raúl Castro Ruz está a cargo de proponerle al país un Anteproyecto que será discutido y llevado a referendum para su aprobación. La actual Constitución de 1976, reformada parcialmente en dos ocasiones anteriores, está desfasada en varios aspectos respecto a los problemas de la sociedad cubana actual y constituye hoy un obstáculo para algunas de las transformaciones que el gobierno cubano se plantea realizar.
El Anteproyecto todavía no se conoce en su totalidad pero esta es la primera vez que se difunden algunas de las propuestas que contiene y que servirán de base para incentivar el debate social en torno a ella.
Definición del Estado cubano
En el documento se define al Estado cubano como “socialista de derecho, democrático, independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos, como república unitaria e indivisible, fundada en el trabajo, la dignidad y la ética de sus ciudadanos, que tiene como objetivos esenciales el disfrute de la libertad política, la equidad, la justicia e igualdad social, la solidaridad, el humanismo, el bienestar, y la prosperidad individual y colectiva.”
Respecto a la actual Constitución se incluyen varias novedades, como la descripción del Estado “de derecho” y “democrático”. Asimismo se agrega como uno de sus objetivos esenciales el disfrute de “igualdad social”, “solidaridad”, “humanismo”, y a la noción de bienestar, se agrega la de “prosperidad” individual y colectiva.
ACTUAL CONSTITUCIÓN:
Artículo 1.- Cuba es un Estado socialista de trabajadores, independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos, como República unitaria y democrática, para el disfrute de la libertad política, la justicia social, el bienestar individual y colectivo y la solidaridad humana.
El texto del rotativo menciona que se define la obligación de los órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados, de “respetar y atender al pueblo, mantener estrechos vínculos con este y someterse a su control”. Respecto a la actual Carta magna estos tres aspectos constituyen una novedad y ponen más énfasis en el aspecto del servicio público.
ACTUAL CONSTITUCIÓN:
Artículo 10.- Todos los órganos del Estado, sus dirigentes, funcionarios y empleados, actúan dentro de los límites de sus respectivas competencias y tienen la obligación de observar estrictamente la legalidad socialista y velar por su respeto en la vida de toda la sociedad.
Fundamentos de la política exterior
Respecto a los temas de política exterior del Estado cubano el anteproyecto actualiza algunos temas teniendo en cuenta el contexto actual –distinto al de 1976, cuando fue aprobada la actual Constitución cubana: entonces Cuba mantenía fuertes alianzas con el bloque de países socialista de Europa del Este y la URSS, existía un mundo bipolar signado por la “guerra fría” y estaban en pleno desarrollo las causas anticolonialistas en el llamado Tercer Mundo.
Algunas de las novedades que traería este nueva propuesta constitucional sería el de reconocer la multipolaridad entre los Estados, repudiar el terrorismo, rechazar la proliferación y uso de armas nucleares. También se menciona, como tema de política exterior la protección y conservación del medio ambiente y la lucha contra el cambio climático, así como se defiende la democratización del ciberespacio y la condena de “su uso con fines subversivos y desestabilizadores de naciones soberanas”.
ACTUAL CONSTITUCIÓN:
artículo 12.- La República de Cuba hace suyos los principios antiimperialistas e internacionalistas, y
1. ratifica su aspiración de paz digna, verdadera y válida para todos los Estados, grandes y pequeños, y poderosos, asentada en el respeto a la independencia y soberanía de los pueblos y el derecho a la autodeterminación;
2. funda sus relaciones internacionales en los principios de igualdad de derechos, libre determinación de los pueblos, integridad territorial, independencia de los Estados, la cooperación internacional en beneficio e interés mutuo y equitativo, el arreglo pacífico de controversias en pie de igualdad y respeto y los demás principios proclamados en la Carta de las Naciones Unidas y en otros tratados internacionales de los cuales Cuba sea parte;
3. reafirma su voluntad de integración y colaboración con los países de América Latina y del Caribe, cuya identidad común y necesidad histórica de avanzar juntos hacia la integración económica y política para lograr la verdadera independencia, nos permitiría alcanzar el lugar que nos corresponde en el mundo;
Fundamentos de la política económica
Lo publicado por Granma no menciona si quedará en el nuevo texto constitucional el principio de que el sistema económico cubano se base –como reza el Artículo 14 de la Constitución vigente– en “la supresión de la explotación del hombre por el hombre” y en que rija, como principio de distribución la máxima de que “de cada cual [se exija] según su capacidad, a cada cual [se retribuya] según su trabajo”.
El Anteproyecto sí mantendría como un principio esencial en materia económica “la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción y la planificación como componente principal de dirección”.
Al mismo tiempo se reconoce “el papel del mercado y de nuevas formas de propiedad, entre ellas la privada“.
La empresa estatal se define como “sujeto principal de la economía nacional y se le reconoce su autonomía como principio esencial de funcionamiento”.
Se ratifica la importancia de la inversión extranjera para el desarrollo económico del país, con las debidas garantías.
En lo relativo a la propiedad de la tierra se mantienen limitaciones para su transmisión y “el derecho preferente del Estado a su adquisición mediante su justo precio.”
La Ciudadanía
La nueva Constitución atraería una interpretación de ciudadanía como “ciudadanía efectiva“, un término utilizado en la sociología política contemporánea para considerar los niveles y tipos de ejercicio ciudadano y que algunos autores refieren como un modo ideal de “ciudadanía responsable”. En el texto propuesto se entendería la ciudadanía efectiva como que “los ciudadanos cubanos, en el territorio nacional, se rigen por esa condición y no pueden hacer uso de una ciudadanía extranjera”.
Se ratifica el derecho al acceso y la gratuidad en cuanto a la atención, protección y recuperación de los servicios de salud. También se mantiene el derecho al acceso y gratuidad –no se menciona la obligatoriedad– de la educación, desde la enseñanza preescolar hasta la universitaria de pregrado. Por primera vez aparecería acotado un límite de gratuidad en el ejercicio educativo.
En materia de justicia y el debido proceso, se reconocen como principios “la presunción de inocencia; la reinserción social de las personas privadas de libertad; ser tratados con respeto a su dignidad e integridad síquica, física y moral, así como ser procesado y condenado por tribunal competente, independiente, imparcial y preestablecido legalmente.”
Se mantienen los derechos a la libertad religiosa.
Una acotación sustancial –considerando que en pocos años el 30 por ciento de la población cubana será mayor de 60 años– es el establecimiento de la obligación del Estado, la sociedad y las familias de proteger y asistir a los adultos mayores y a las personas discapacitadas para su rehabilitación y el mejoramiento de la calidad de vida.
Se amplía la noción de igualdad incorporando la no discriminación por identidad de género, origen étnico y discapacidad. Un reclamo de colectivos como el LGTBI, o grupos y activistas que vienen denunciando la prevalencia de actitudes y acciones racistas en varios escenarios de la vida social cubana.
No se menciona nada en el borrador glosado sobre la posibilidad de reconocimiento legal de las parejas homosexuales (matrimonio igualitario), o para la adopción y reproducción asistida.
Principios de organización del Estado
Por primera vez desde 1976 Cuba volvería a tener la figura del Presidente y Vicepresidente de la República, según la propuesta.
El Presidente será el jefe de Estado, pero seguirá siendo elegido por la Asamblea Nacional del Poder Popular para gobernar por cinco años con la posibilidad de dos mandatos consecutivos sin que luego pueda ejercer nuevamente ese cargo.
El Consejo de Ministros seguirá siendo el máximo órgano ejecutivo y administrativo y constituye el Gobierno de la República. Estará bajo la dirección de un Primer Ministro, cargo que se propone crear. Por primera vez desde 1976 la máxima dirección del Estado y del Gobierno quedarán separadas en dos personas distintas.
En el borrador se propone elevar como órganos estatales de rango constitucional a la Contraloría General de la República y crear un Consejo Electoral Nacional dedicado a los procesos electorales en el país.
Se sugiere eliminar las asambleas provinciales y su órgano de administración y establecer, en su lugar, un Gobierno Provincial, integrado por un Gobernador provincial y un Consejo provincial, conformado por los presidentes de las asambleas municipales del Poder Popular y los intendentes (dirigen el Consejo de Administración Municipal).”
En el nivel municipal del Poder Popular se extendería el mandato de los delegados a 5 años junto con el reconocimiento de autonomía municipal. Se incluye la posibilidad de convocar consultas populares de asuntos de interés de la localidad, y se agrega “el derecho de la población a proponer análisis de temas en las asambleas y la correcta atención a las solicitudes, planteamientos, quejas y denuncias de los ciudadanos.”
No se menciona nada en el texto acerca del reordenamiento de órganos superiores del Poder Popular, las funciones del Consejo de Estado y su Presidente, que en la actualidad se funden en una sola persona con las funciones del Presidente del Consejo de Ministros.
Tampoco se abordan las funciones de los diputados a la Asamblea Nacional, la posibilidad de reducir su composición y profesionalizar a los diputados electos, aspectos sobre los que se ha especulado anteriormente desde espacios de opinión.
Socialismo irrevocable
El anteproyecto recogerá, como se ha afirmado anteriormente, “cláusulas de intangibilidad concerniente a la irrevocabilidad del socialismo y el sistema político, social y económico, así como la prohibición de negociar bajo agresión, amenaza o coerción de una potencia extranjera.”